martes, 11 de diciembre de 2012

La propiedad intelectual

La propiedad intelectual consiste en una serie de derechos del autor y de otros titulares para el reconocimiento,la disposición  y la explotación económica de sus obras.
Si se prestan obras sin contar con la autorización de los titulares,se está realizando una infracción ,por lo que el titular puede ejercer acciones penales o civiles recogidas por la ley.
Una obra está protegida desde el momento en que es creada e inscrita en el Registro de la Propiedad Intelectual.Este registro es voluntario.
Estos derechos tienen una duración limitada.Cuando expira el plazo,la obra pasa al dominio público,y pude ser utilizada libre y gratuitamente.
Hay entidades que son asociaciones privadas que representan a los titulares. Algunas de ellas son las siguientes:
+SGAE:Sociedad General de Autores y Editores.
+Cedro:Centro Español de Derechos Reprográficos.
+DAMA:Derechos de Autor de Medios Audiovisuales.
+VEGAP:Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos.
Para impedir el acceso a obras protegidas se dispone de medidas tecnológicas de protección que evitan la reproducción de obras protegidas al usuario no autorizado.Estos mecanismos de protección de los derechos de autor se distinguen con las siglas DRM(Digital Rights Management).
En el mercado se ofrecen muchos dispositivos equipados con circuitos electrónicos que realizan esta protección:ordenadores,televisores,etc...

















UTILIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN INTERNET

Para usar obras difundidas por internet se necesita una autorización,ya que su difusión pública no implica que el titular de los derechos haya autorizado su explotación.
La legislación establece una serie de circunstancias dentro de las cuales se pueden reproducir sin autorización obras que ya han sido divulgadas.Por ejemplo:
*La copia privada.
*Las citas y reseñas.
*Trabajos sobre temas de actualidad.
*Actos oficiales y ceremonias religiosas.
*Copia en beneficio de personas con discapacidad,siempre que no exista una finalidad lucrativa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario